El Tribunal Constitucional ratificó la independencia del Arbitraje en el Perú
En efecto, el asunto se originó cuando el Estudio Olaechea, a cargo de sus abogados, Manuel Villa-García y Cecilia Catacora obtuvieron un laudo favorable a su cliente Continental Fruit (una empresa ecuatoriana del grupo Noboa , líder mundial en la industria de la fruta) contra Agrowest S.A.C. (empresa peruana), sobre un joint venture sobre mangos.
Luego que se expidió el laudo arbitral, Agrowest S.A.C. presentó una demanda constitucional contra el mencionado arbitraje comercial y contra su correspondiente laudo arbitral.
El Tribunal Constitucional del Perú por sentencia expedida el 6 de octubre de 2009, y recientemente notificada, declaró Improcedente la demanda de Agrowest S.A.C., ratificando el Laudo Arbitral expedido a favor de Continental Fruit y confirmando que en el caso que una de las partes impugne un laudo arbitral (sobre temas de forma), aquella parte deberá presentar primero un recurso de anulación según se estipula en la nueva Ley de Arbitraje del Perú. En este sentido, el Tribunal Constitucional del Perú ratificó la independencia del arbitraje.