Perú, entre los países más demandados ante el CIADI

Perú, entre los países  más demandados ante el CIADI

De acuerdo con el reporte estadístico del Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI) de 2019, Perú estuvo entre los tres países más demandados en 2018. Los otros países que encabezan la lista fueron España y Colombia. El reporte arroja datos relevantes como las principales materias de controversia: la de petróleo, gas y minería acumula el 21 % de los arbitrajes llevados ante el CIADI. Electricidad y otras energías corresponden al 20 %.

Entre 1998 y 2018 se han registrado en el CIADI 22 demandas en contra del Estado peruano. Sin embargo, desde 2018 el número de casos ha aumentado de manera relevante. Solo entre julio de 2019 y junio de 2020 se registraron cinco controversias por parte de inversionistas.

¿Cuáles son las causales por las que se demanda al Estado peruano? Aunque son varios los factores, encontramos un elemento común: la falta de coherencia en las actuaciones del Estado respecto de las obligaciones asumidas frente a los inversionistas.

Por ejemplo, uno de los arbitrajes iniciados ante el CIADI es el de la compañía peruana Hydrika, de capitales estadounidenses y filial del grupo IBT Group, con sede en Miami. La compañía ha presentado una demanda de arbitraje de inversión bajo las reglas del CIADI relacionada con la concesión de proyectos de construcción de seis centrales hidroeléctricas en Ancash. De acuerdo con el informe de Supervisión de Contratos de Proyectos de Generación y Transmisión de Energía Eléctrica en Construcción (División de Supervisión de Electricidad, mayo 2018), los factores del freno del proyecto son “demoras en la obtención del cierre financiero y la consulta previa con las comunidades que solicitan compensación”.

Circunstancia parecida ocurre en el caso de Latam Hydro LLC, por las operaciones de su subsidiaria CH Mamacocha S.R.L., que no ha podido llevar adelante el desarrollo de la Central Hidroeléctrica Mamacocha, en la región de Arequipa, debido tanto a las acciones como inacciones de las distintas entidades del Estado que perjudicaron su realización.

Dentro de poco, el Terminal Portuario Paracas (TPP), concesionario a cargo de la modernización del Puerto General San Martín de Pisco, presentará una demanda contra la República del Perú. El Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles (Senace) declaró infundada la apelación presentada por el TPP y, ante el rechazo de la modificación de su estudio de impacto ambiental, la empresa ha indicado que se le ha generado un perjuicio económico de más de 200 millones de dólares. Además, señala que las observaciones realizadas por el Senace al estudio de impacto ambiental contravienen los términos de referencia de este, sin cuestionar la creación de las plantas de tratamiento o de almacén de concentrado. En síntesis, el concesionario encuentra que una entidad del Estado está perjudicando el desarrollo del proyecto, sin tener sustento legal para ello.

A la fecha, la República del Perú aparece como demandada en trece casos pendientes de solución. Cinco de estos se han registrado solamente en los dos últimos años.

¿Qué está sucediendo con el Estado peruano? ¿Por qué los inversionistas han tenido que llegar al punto de iniciar procedimientos arbitrales internacionales con todos los costos que esto implica?

Un factor podría ser la crisis política y de corrupción en la que nos encontramos hace ya varios años. Esta llegó a su punto máximo a mediados de noviembre de 2020, con la vacancia del expresidente Martín Vizcarra y las protestas en contra de las decisiones adoptadas por el Congreso de la República y en contra del expresidente Manuel Merino (luego de su renuncia el Congreso eligió como presidente interino a Francisco Sagasti).

Todo lo anterior es el reflejo más claro de lo que sucede día a día en nuestro país: la ineficiencia de las autoridades, la falta de decisión política y de responsabilidad para adoptar las decisiones necesarias, la demora en el otorgamiento de títulos habilitantes, tales como permisos y autorizaciones necesarios para llevar a cabo los proyectos de inversión y/o las puestas de operación comercial y la emisión de actos administrativos con una motivación deficiente que traba dichos proyectos, entre otros.

La cifra de las demandas contra Perú registradas ante el CIADI es un llamado de atención. Debemos despertar y generar un cambio que permita mantener el interés de los inversionistas extranjeros en esta plaza y así seguir adelante con los proyectos de inversión, en lugar de obstaculizarlos y, en el peor de los escenarios, detenerlos.

Fuente: LexLatin

https://lexlatin.com/opinion/peru-demandados-ciadi-paises

*Licy Benzaquén Gonzalo es socia del área de energía y recursos naturales en Estudio Olaechea, Representa a CH Mamacocha en la controversia de Latam Hydro LLC vs. la República del Perú.

Autorización de instalación de anuncios que no afectan la vía pública ni el ornato urbano

Autorización de instalación de anuncios que no afectan la vía pública ni el ornato urbano

La Resolución 0298-2019/CEB-INDECOPI como solución a la exigencia de Autorización de instalación de anuncios que no afectan la vía pública ni el ornato urbano.

Qué duda cabe que los peruanos queremos vivir en ciudades limpias, ordenadas, con espacios públicos adecuados, con seguridad y con estética urbana. Para esto es importante contar con una regulación eficiente frente a las necesidades de la ciudadanía y que tengan como finalidad preservar el ornato, seguridad y orden de la ciudad, entre otros.

En esta línea, la regulación en relación a la autorización de colocación de anuncios publicitarios es fundamental pues tiene como finalidad evitar la proliferación de anuncios de diversas características, formas, colores, tipos, tamaños, entre otras; que sin duda invaden la ciudad y, por supuesto, nuestra salud visual cada vez que transitamos por ella. En este sentido, es importante que los municipios regulen los criterios y parámetros técnicos para la ubicación de los anuncios y avisos publicitarios con la finalidad de preservar el ornato, el impacto visual de la ciudad, así como la seguridad ciudadana.

Ahora, atendiendo la finalidad explicada líneas arriba nos suena lógico que los municipios, a través de los procedimientos administrativos por los cuales autorizan la ubicación de anuncios publicitarios colocados en el exterior, busquen la preservación del orden urbano; sin embargo, no podemos afirmar lo mismo cuando se trata de anuncios publicitarios colocados al interior de un centro comercial, cuya ubicación no afecta en modo alguno el urbanismo y orden ciudadano. Y es que no resulta razonable (por tanto, contraviene con el principio de razonabilidad) que los municipios exijan obtener una licencia y/o autorización para instalar anuncios publicitarios en establecimientos dentro de un centro comercial, que por no estar expuestos, no afectan la vía pública. En este sentido, a nuestro entender, la competencia de los municipios para otorgar autorizaciones para la colocación de anuncios publicitarios está dirigida únicamente para aquellos avisos ubicados en el exterior.

Al respecto, la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas (en adelante, la “Comisión”) del INDECOPI se ha pronunciado a través de su Resolución 0298-2019/CEB-INDECOPI (en adelante, la “Resolución”), declarando como Barrera Burocrática ilegal a la exigencia de autorización para los anuncios en locales comerciales ubicados en el interior de galerías comerciales, centros comerciales, campos feriales y mercados con frente a las áreas comunes de circulación de uso público, ubicado en la jurisdicción del Cercado de Lima, así como, en toda la provincia de Lima.

La denuncia que da origen a la Resolución fue presentada por la Asociación de Eliminación de Barreras Burocráticas, en mérito y atendiendo a una serie de denuncias recibidas por dicha institución por las distintas personas naturales y jurídicas quienes alegan que los principios sobre los cuales se basa el otorgamiento de facultades a los municipios para regular la autorización de colocación de anuncios publicitarios se basan en la protección del ambiente urbano y el ornato de la ciudad, el respeto a los bienes de dominio privado, así como a los bienes de uso y servicios públicos, la uniformización de criterios y la regulación de la actividad publicitaria exterior. Casualmente, ninguno de estos principios ampara la supuesta facultad de las Municipalidades de regular la instalación de anuncios en ambientes completamente privados, como los centros y galerías comerciales, ferias y mercados, ya que los mismos no afectan la vía pública ni en el ornato urbano.

De este modo, la Asociación argumenta válidamente que, por un lado, la barrera burocrática denunciada es arbitraria por cuanto no resulta idónea para cautelar el interés público que se pretende proteger (ornato de la ciudad y la seguridad de las personas), y por otro lado, la medida denunciada es desproporcionada por cuanto existen otras medidas menos costosas y onerosas para velar por la seguridad de las personas (procedimientos para obtención de los Certificados ITSE).

Por su parte, la Comisión acoge los argumentos de la Asociación y desarrolla su análisis estableciendo que efectivamente, de las normas mencionadas por las partes no se desprende la faculta de las Municipalidades para exigir la Autorización denunciada a locales comerciales que no afecten la vía pública ni el ornato urbano, por lo tanto, exceden sus facultades. Asimismo, señala que para el otorgamiento de los Certificados ITSE, se llevan a cabo inspecciones que confirman el cumplimiento de las condiciones de seguridad, entre las cuales se incluye la verificación de seguridad en la instalación de anuncios publicitarios; con lo cual exigir la Autorización denunciada efectivamente genera una duplicidad de trámites para un mismo fin.

A la fecha, está pendiente que la Sala de Eliminación de Barreras Burocráticas (en adelante, la “Sala”) se pronuncie en segunda instancia, y esperaríamos que confirme la Resolución, pues consideramos que las municipalidades no cuentan con la facultad ni competencia para exigir a los administrados la obtención de una autorización de ubicación de anuncios publicitarios que no afecten la vía pública, suponer lo contrario, sería una clara vulneración al principio de legalidad.

Ahora bien, respecto al cumplimiento de las condiciones de seguridad, consideramos que debemos establecer un supuesto de excepción, toda vez que si bien es cierto que para el otorgamiento de los Certificados ITSE por parte de los centros, galerías, ferias comerciales, y en específico locales comerciales, etc., se verifica que las estructuras diseñadas para los anuncios cumplan con la condiciones establecidas normativamente, es posible también que, si estamos ante instalación de anuncios post obtención del certificado ITSE correspondiente, se debe buscar un mecanismo para garantizar que para la colocación de los anuncios se diseñen, acoplen e instalen nuevas estructuras que no signifiquen un riesgo respecto a la seguridad de las personas que transiten en las áreas comunes de estos recintos. Así, para evitar escenarios de riesgo sería conveniente que, a través de visitas inopinadas, el área encargada de la Municipalidad solicite al o los administrados, presentar los documentos técnicos respectivos para comprobar que estas nuevas estructuras cumplan con las condiciones de seguridad.

Lo más importante es privilegiar el orden y seguridad ciudadana pero no debemos caer en exigencias burocráticas, ineficientes e ilegales. Debemos ser respetuosos de la legalidad y buscar mecanismos para garantizar la protección de los ciudadanos sin encarecer la actividad comercial. 

Autorización de instalación de anuncios que no afectan la vía pública ni el ornato urbano

 

Por: Rodrigo Adolfo Montoya Suarez (Asociado del equipo inmobiliario del Estudio Olaechea) 

Continúa el debate sobre una aerolínea de bandera en el Perú: ¿Por qué no sería viable?

Continúa el debate sobre una aerolínea de bandera en el Perú: ¿Por qué no sería viable?

 

El proyecto de ley que se discute en el Congreso sería inconstitucional y generaría distorsiones en el mercado, según Proinversión, representantes MTC y especialistas. El próximo martes se retomará el debate con la invitación a Indecopi, Mincetur y Ositrán.

La Comisión de Transportes y Comunicaciones del Congreso debatió ayer el proyecto de ley que busca crear una aerolínea de bandera de bajo costo que opere en el país: ALPerú, bajo una asociación público privada (APP) con 80% de inversión privada y 20% estatal.

Durante la sesión estuvo Rafael Ugaz, director ejecutivo de Pro Inversión, quien explicó que la creación de esta empresa no va acorde con las normas y el marco institucional de las asociaciones público privadas (APP) por varias razones. Entre ellas, los riesgos identificados que no serían acotados al tener al Estado como accionista, el tiempo indefinido que se menciona en el documento cuando una APP tiene una duración máxima de 60 años, entre otros aspectos que detalló Ugaz en su presentación.

A su vez, Donald Castillo y Ofelia Soriano, representantes del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), señalaron que se tiene que ver con cuidado este proyecto porque podría generar distorsiones en el mercado.

Con base en estas opiniones, algunos congresistas observaron la iniciativa y pidieron la presencia de Indecopi, Ositrán y Mincetur. En tanto, el parlamentario Robinson Gupioc Ríos anotó que el proyecto no estaría bien encaminado como una APP y planteó “una aerolínea de bandera realmente peruana, bajo la creación de una empresa estatal”.

Luego de más de una hora de debate, el presidente de la comisión, Luis Simeón Hurtado, anunció que la sesión se postergaba y que continuará el martes próximo, ahora con la presencia de Indecopi, Ositrán y Mincetur.

Efectos del proyecto

Para Jessica Luna, gerenta general de Cómex Perú, el proyecto carece de sustento técnico y es inconstitucional al vulnerar el principio de subsidiariedad del Estado, que señala que solo entrará a la actividad empresarial cuando no exista iniciativa privada que atienda la demanda. Hay cuatro aerolíneas que realizan vuelos internos. Y una por entrar.

“Hay historias fallidas de aerolíneas con participación estatal en el Perú (TANS y Aero-Perú),y los costos los terminamos pagando los ciudadanos”, señaló.

Asimismo, no hay experiencias exitosas en la región, agregó Luna. “Es un esquema caduco y que no ha funcionado en ningún país de la región (Ecuador y Argentina, por ejemplo). Incluso en Europa, rescatar a las aerolíneas de bandera les ha costado a los países millones de dólares”, indicó.

Asimismo, Maria Eugenia Yabar, especialista en aeronáutica y socia del estudio Olaechea indicó que en el documento se comentaba que los bienes eran inembargables, lo que señala, finalmente, los hace irresponsable. Y en aviación hay que ser sumamente responsable.

 

La mujer en tiempos de crisis

La mujer en tiempos de crisis
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Ahora que Ruth Bader Ginsburg, mujer que representa la lucha por la igualdad de género, ya no nos acompaña es importante tomarnos unos minutos para hacer una breve reflexión sobre la presencia de las mujeres en cargos de liderazgo, específicamente en cargos políticos donde el campo de acción y la toma de decisiones de alto nivel repercute de forma importante en el desarrollo de la democracia y la equidad de oportunidades en las sociedades. Es incuestionable el gran trabajo que han realizado mujeres líderes en la política de sus países durante estos tiempos de crisis: decisiones adoptadas con empatía, resiliencia y determinación demostrando una vez más su gran capacidad para afrontar los retos y asumir el liderazgo de forma admirable.

De acuerdo al Mapa de Mujeres en Política 2019, elaborado por la Unión Interparlamentaria y la ONU–Mujeres, solo el 5.2% de los Jefes de Gobierno eran mujeres. Este porcentaje refleja que aún estamos muy lejos de lograr eliminar las barreras históricas respecto al rol y participación de la mujer en la política. Estas barreras culturales e ideológicas han impedido demostrar que las mujeres somos tan capaces como los hombres de asumir posiciones de alto nivel. Continuamos normalizando la inequidad de oportunidades que tradicionalmente existen en las sociedades.

Como un factor inspirador, corresponde visibilizar el gran trabajo y la capacidad de mujeres líderes como: Mette Frederiksen, Primera Ministra de Dinamarca; Angela Merkel, Canciller de Alemania; Tsai Ing-Wen, Presidenta de Taiwán; Jacinda Arden, Primera Ministra de Nueva Zelanda; Katrín Jakobsdóttir, Primera Ministra de Islandia; Sanna Marin, Primera Ministra de Finlandia; Erna Solberg, Primera Ministra de Noruega; así como Silveria Jacobs, Primera Ministra de San Martín.

Estas mujeres han sido exitosas en su gestión frente a la necesidad de atender y controlar la crisis sanitaria mundial que estamos viviendo. La acción inmediata de contención, empatía y fluida comunicación con su gente, a través de mensajes claros y directos a la población, son muestra del buen manejo de la crisis. Las medidas adoptadas, en primera fase, en estos ocho países han obtenido resultados significativamente más efectivos frente a las medidas aplicadas por sus pares hombres en otros países. En mi opinión, no es casualidad que el factor común en estos casos de éxito sea que la gestión ha sido liderada por mujeres.

Esto nos lleva a reafirmar la importancia de contar con la participación de mujeres en la vida política. Debemos tener en cuenta que la participación política es un instrumento para la construcción de una ciudadanía en el que hombres y mujeres asumen un rol activo en la construcción de una sociedad democrática. Considerando que la problemática de las mujeres tiene una agenda especialmente distinta, es fundamental que estemos representadas en los cargos públicos de alto nivel en una proporción suficiente que permita visibilizar dicha problemática. En el caso peruano —y el de muchos del mundo— las mujeres aún sufren de discriminación en los salarios, barreras de género para acceder a puestos de liderazgo, el estigma de su “falta de compromiso” con la empresa por la carga familiar inequitativa, acoso en los centros de trabajo, altos índices de violencia doméstica, entre otros.

Esta problemática debe ser continua y activamente visibilizada así como atendida por el Gobierno, principalmente aprobando reformas o marcos legales adecuados para su correcta y efectiva aplicación. Es aquí donde la participación equitativa contribuiría a que las políticas que se implementen abarquen de forma más completa los intereses y necesidades de toda la población haciéndola inclusiva. Sólo así, se construirá una sociedad más justa que brinde igualdad de oportunidades tanto a hombres como a mujeres. Sin embargo, a pesar de ser conscientes de la importancia de la paridad en la representación y de los avances logrados hasta hoy; en el Perú actualmente las mujeres aún tienen poca participación política de alto nivel.

Solo para recordar algunas cifras, en las últimas elecciones Regionales y Municipales del 2018, solo el 4.9% y 3.6% de los cargos de Alcaldesas Distritales y Provinciales fueron ocupados por mujeres, respectivamente. Si bien en el plano ejecutivo las cifras parecen ser mas alentadoras porque actualmente el 38.89% de mujeres conforman el Gabinete Ministerial; en el Congreso el porcentaje de participación femenina es de 27.5% lo que aún no es significativo. Debemos resaltar que nunca hemos tenido a una mujer en el cargo presidencial, a pesar que de acuerdo al último censo nacional, las mujeres representan el 50.8% de la población. Como vemos las actuales cifras de representación política son, por decir lo menos, desproporcionadas.

Una de las tantas explicaciones de esta realidad es que mientras no nos alejemos de los roles tradicionales de género y reforcemos la educación y competencias en igualdad de género, no llegaremos a la paridad.

Aún en pleno 2020, en la gran mayoría de hogares, las tareas domésticas, el cuidado de los hijos, alimentación y el manejo del hogar recaen principalmente en las mujeres, pues es lo “tradicionalmente” correcto y esperado. Es decir, muchas mujeres tienen que hacer malabares para poder lograr un balance entre el hogar y su realización profesional. Objetivamente, las mujeres tienen que esforzarse el doble para poder conseguir sus objetivos profesionales. Esta realidad es una clara desventaja de las mujeres frente a los hombres, pues tienen menores posibilidades de acceder a educación y a oportunidades para su desarrollo profesional. Tradicionalmente, las condiciones no son favorables para el desempeño profesional de la mujer.

Otra sería la historia si las mujeres de hoy y las futuras generaciones logramos tomar conciencia que la carga del hogar se distribuye de forma equitativa. El hombre no “ayuda” simplemente cumple con sus obligaciones parentales. Sólo así contribuiremos a que mayor porcentaje de mujeres tengan condiciones más favorables para desarrollarse profesionalmente.

El camino es largo y no cabe duda de que estamos en el trayecto hacia una paridad en la representación pero queda en nosotros, como sociedad, romper estas barreras estructurales, desprendernos de los roles tradicionales y sentar las bases para empoderar a las siguientes generaciones aunque los resultados logren notarse en el largo plazo.

Rossana Natteri es abogada por la Pontificia Universidad Católica del Perú; socia responsable del área inmobiliaria del Estudio Olaechea; y miembro del Comité Directivo de Women in the Profession—WIP desde 2016.

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FIBRA Credicorp realiza primera inversión con fondos de colocación

FIBRA Credicorp realiza primera inversión con fondos de colocación
El Fideicomiso de Titulización para Inversión en Renta de Bienes Raíces – FIBRA Credicorp colocó certificados de participación por 25,8 millones de dólares. Esta es la primera colocación por oferta pública primaria realizada a través del Mercado Integrado Latinoamericano (MILA) y a la que accedieron inversionistas peruanos y chilenos.

Los títulos fueron emitidos con cargo al primer programa de emisión de certificados de participación de FIBRA Credicorp por 500 millones de dólares, registrado ante la Superintendencia del Mercado de Valores de Perú y recibieron clasificación “Afi.pe” de Moody’s.

Rubio Leguía Normand asesoró a FIBRA Credicorp en la emisión, que fue realizada el 24 de agosto. EY Law, en asuntos regulatorios e impositivos, representó a Credicorp Capital Servicios Financieros como entidad estructuradora y gestor de las inversiones del fideicomiso, en la inscripción y primera colocación del fideicomiso.

En la transacción intervino Credicorp Capital Sociedad Titulizadora como originador y fiduciario del patrimonio fideicometido.

Con los recursos obtenidos en la colocación el fideicomiso compró 51 % de participación en el edificio corporativo clase A+, ubicado en el distrito limeño de Magdalena del Mar, a Primera Visión, vehículo societario de capitales españoles y estadounidenses, por 25 millones de dólares. La compra abarca 10 pisos de oficinas y locales comerciales. Rubio Leguía Normand apoyó al comprador en esta operación que cerró el 27 de agosto.

Estudio Olaechea, en materia inmobiliaria, corporativa y de fusiones y adquisiciones, asistió a la sociedad Primera Visión, como vendedora, en la negociación.

El fideicomiso también prepagó un préstamo que había otorgado el family office Creuza a Primera Visión por un monto de 11 millones de dólares para completar la construcción del proyecto inmobiliario. El saldo deudor al cierre ascendía a 12,9 millones de dólares.

Estudio Olaechea asesoró a la prestataria en la transacción y Philippi Prietocarrizosa Ferrero DU & Uría – Perú aconsejó al prestamista en esta negociación que concluyó el 28 de agosto.

Olaechea puntualizó que tras comprar el edificio Primera Visión, FIBRA Credicorp lo transformará en un hub corporativo.

Explicó que, tomando en cuenta que la propiedad se encontraba en un fideicomiso de administración y garantía constituido por las acciones de Primera Visión, se realizó el pago íntegro del préstamo y se levantó el fideicomiso. El edificio Primera Visión es el primer activo que compra FIBRA – Credicorp, lanzado en agosto por Credicorp Capital Asset Management y enfocado en renta comercial.

El inmueble está ubicado en la avenida Juan de Aliaga 410, cuenta con una planta comercial y 18 pisos de oficinas y fue desarrollado por Allende Arquitectos. En 2019 fue reconocido con el Premio Arquitectura y Ciudad, en la categoría oficinas, por la Cámara Peruana de Construcción (CAPECO)

Fuente: LexLatin

https://lexlatin.com/noticias/fibra-credicorp-realiza-primera-inversion-fondos-colocacion